Disposiciones de carácter general aplicables a los asesores en inversiones
Artículo 9
- Versión consultada
- 27 de agosto de 2015
- Última actualización de la norma
- 27 de agosto de 2015
- Página de origen
- 9
Calculando la diferencia léxica…
Incluye artículo, norma, versión y fuente.
Artículo 9.- El Registro se llevará mediante la asignación de Folios de registro por Asesor en inversiones en los que constarán los asientos relativos a las Inscripciones y Anotaciones.
La Comisión llevará a cabo las Inscripciones y Anotaciones de manera sucesiva dentro del Folio de registro, a fin de que se genere un historial cronológico completo de cada Asesor en inversiones, considerando la prelación de los documentos presentados y teniendo en cuenta la fecha de la solicitud correspondiente.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 04 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 27 de agosto de 2015
- Fecha de esta versión
- 27 de agosto de 2015
- Texto indexado
- 14 de 14 páginas