Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 2 Bis 116
- Versión consultada
- 04 de diciembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de diciembre de 2025
- Página de origen
- 141
Calculando la diferencia léxica…
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(50) Artículo 2 Bis 116.- Los activos sujetos a Riesgo Operacional se determinarán multiplicando el requerimiento de capital por Riesgo Operacional obtenido conforme a la metodología de cálculo establecida en la Sección Primera del presente capítulo, por 12.5.
(50) Capítulo VI (50) Requerimientos de capitalización adicionales
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 02 de diciembre de 2005
- Última actualización
- 04 de diciembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de diciembre de 2025
- Texto indexado
- 657 de 674 páginas