Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 2 Bis 54
- Versión consultada
- 04 de diciembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de diciembre de 2025
- Página de origen
- 82
Calculando la diferencia léxica…
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(50) Artículo 2 Bis 54.- La Comisión, cuando a su juicio así lo requiera, podrá evaluar el procedimiento y la metodología utilizados por las Instituciones para identificar sus posiciones provenientes de los Esquemas de Bursatilización, a efecto de determinar si éstas deben estar sujetas a requerimientos de capital. En su caso, la Comisión podrá ordenar los ajustes necesarios para garantizar una adecuada determinación de los requerimientos de capital según lo establecido en el presente título.
(311) Subapartado B (311) Método basado en calificaciones externas aplicable a los Esquemas de Bursatilización
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 02 de diciembre de 2005
- Última actualización
- 04 de diciembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de diciembre de 2025
- Texto indexado
- 657 de 674 páginas