Disposiciones de carácter general aplicables a las bolsas de valores
Artículo 12
- Versión consultada
- 26 de abril de 2018
- Última actualización de la norma
- 26 de abril de 2018
- Página de origen
- 9
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 12.- Las Bolsas de valores deberán abstenerse de establecer cualquier arancel, descuento, reembolso, promoción o cualquier otro beneficio en general, que pudiera:
- I.
Generar conflictos de interés o prácticas contrarias a los sanos usos bursátiles entre sus participantes.
- II.
Comprometer la viabilidad financiera de su modelo de negocios o afectar la prestación de sus servicios.
Las Bolsas de valores deberán dar a conocer el monto de sus aranceles, descuentos, reembolsos, promociones o cualquier otro beneficio en general al público a través de su página de Internet y mantener dicha información actualizada.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 15 de mayo de 2017
- Última actualización
- 26 de abril de 2018
- Fecha de esta versión
- 26 de abril de 2018
- Texto indexado
- 23 de 23 páginas