Disposiciones de carácter general aplicables a las bolsas de valores
Artículo 26
- Versión consultada
- 26 de abril de 2018
- Última actualización de la norma
- 26 de abril de 2018
- Página de origen
- 13
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 26.- La autorización que, en su caso, otorgue la Comisión para la celebración del Acuerdo contendrá la autorización para que las Bolsas de valores modifiquen su reglamento interior que hubieren presentado en términos de la fracción III del artículo anterior, siempre y cuando no se hubieren señalado objeciones.
Una vez obtenida la autorización por parte de la Comisión, las Bolsas de valores podrán celebrar el Acuerdo, debiendo remitir a la Comisión una copia simple del Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a su firma.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 15 de mayo de 2017
- Última actualización
- 26 de abril de 2018
- Fecha de esta versión
- 26 de abril de 2018
- Texto indexado
- 23 de 23 páginas