Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa
Artículo 135
- Versión consultada
- 03 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 03 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 81
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 135.- Las casas de bolsa deberán llevar a cabo la administración por tipo de riesgo de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 122 de las presentes disposiciones y en términos de lo que se establece a continuación.
Apartado A De los riesgos cuantificables discrecionales
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 09 de marzo de 2005
- Última actualización
- 03 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 03 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 203 de 204 páginas