Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios
Artículo 109
- Versión consultada
- 04 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 87
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Artículo 109.- Los fondos de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda, así como las sociedades operadoras de fondos de inversión y las sociedades o entidades que actúen como distribuidoras de acciones de fondos de inversión deberán sujetarse a los lineamientos y criterios que se establecen en el presente Título para efectos de la propaganda y demás información dirigida al público inversionista sobre los Activos Objeto de Inversión, así como sobre los servicios u operaciones que realicen.
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 24 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 04 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 126 de 126 páginas