Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios
Artículo 61
- Versión consultada
- 04 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 42
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Artículo 61.- En caso de que las sociedades distribuidoras integrales presten el servicio de depósito y custodia de las acciones representativas del capital social del fondo de inversión, deberán liquidar las operaciones de compraventa de acciones de fondos de inversión, efectuando los traspasos de efectivo y Valores necesarios, informando de los mismos a las sociedades operadoras de fondos de inversión que administren los activos del fondo de inversión correspondiente, en los términos del prospecto de información al público inversionista respectivo.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 24 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 04 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 126 de 126 páginas