Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios
Artículo 64 Bis 8
- Versión consultada
- 04 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 53
(18) Artículo 64 Bis 8.- El director general deberá reportar semestralmente al consejo de administración de la sociedad que administra mecanismos electrónicos de negociación de acciones de fondos de inversión o de divulgación de información de fondos de inversión, el ejercicio de sus funciones, incluyendo el cumplimiento del marco normativo aplicable a la sociedad de que se trate, considerando el apego a su manual de conducta. El reporte deberá contener, como mínimo, una descripción de:
- (18)I.
El cumplimiento de las políticas, lineamientos y procedimientos que tenga implementados la sociedad de que se trate para la consecución de su objeto.
- (5)II.
La información de las evaluaciones que se encuentren pendientes de concluir durante el periodo.
- (5)III.
Cualquier cambio relevante de las políticas, lineamientos y procedimientos desde la fecha del reporte anterior.
- (5)IV.
Cualquier recomendación para generar cambios relevantes a las políticas y procedimientos como resultado de una revisión anual, la racionalidad de tal recomendación, y si tales políticas y procedimientos fueron o serán modificados por la sociedad de que se trate, para incorporar dicha recomendación.
- (5)V.
Cualquier problema de incumplimiento relevante identificado desde el último reporte.
(18) El reporte a que se refiere el presente artículo deberá entregarse a la Comisión a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se haya presentado al consejo de administración de la sociedad, sin perjuicio de que comunique a la Comisión, de forma inmediata, las irregularidades en la prestación de los servicios de la sociedad de que tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
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- Publicación de la norma
- 24 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 04 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 126 de 126 páginas