Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios
Artículo 7
- Versión consultada
- 04 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 14
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 7.- Los porcentajes de inversión y operación señalados en el artículo 6 de las presentes disposiciones, los relativos a la categoría, así como los que determine cada fondo de inversión, incluyendo las posiciones en instrumentos financieros derivados y en Valores estructurados, se computarán diariamente con relación al activo neto de cada fondo de inversión correspondiente al día de la valuación.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 24 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 04 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 126 de 126 páginas