Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios
Artículo 77
- Versión consultada
- 04 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 77
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Artículo 77.- Los estados financieros básicos consolidados trimestrales y anuales de las sociedades operadoras de fondos de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión y sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión, deberán estar suscritos, al menos, por el director general o por su equivalente.
Tratándose de los estados financieros básicos consolidados trimestrales y anuales de los fondos de inversión, deberán estar suscritos al menos por el director general de la sociedad operadora que administre sus activos y por el contralor normativo.
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 24 de noviembre de 2014
- Última actualización
- 04 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 126 de 126 páginas