Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas
Artículo 106
- Versión consultada
- 08 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 08 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 101
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(18) Artículo 106- El presente Capítulo tiene por objeto establecer los objetivos del Sistema de Control Interno y los lineamientos a los que deberán apegarse las uniones de crédito en su implementación, así como la participación que tendrán los órganos de administración y vigilancia de dichas sociedades.
(19) Sección Segunda (19) Del Consejo
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 19 de enero de 2009
- Última actualización
- 08 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 08 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 187 de 187 páginas