Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas
Artículo 126
- Versión consultada
- 08 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 08 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 111
Calculando la diferencia léxica…
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(61) Artículo 126.- El director general de la unión de crédito, informará por escrito a la Comisión dentro de los cinco días hábiles siguientes a la designación y, en su caso, la remoción del responsable de las funciones de Auditoría Interna.
(19) Sección Séptima (19) De las funciones de Contraloría Interna
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 19 de enero de 2009
- Última actualización
- 08 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 08 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 187 de 187 páginas