Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 151
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 122
Calculando la diferencia léxica…
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(11) Artículo 151.- El Comité de Auditoría deberá dar seguimiento a las actividades de Auditoría Interna, así como de Contraloría Interna del Organismo de Fomento o Entidad de Fomento de que se trate, manteniendo informado al Consejo respecto del desempeño de dichas actividades.
Asimismo, el Comité de Auditoría supervisará que la información financiera y contable se formule de conformidad con los lineamientos y disposiciones a que está sujeto el Organismo de Fomento o la Entidad de Fomento de que se trate, así como con los principios de contabilidad que le sean aplicables.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas