Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 177
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 135
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Artículo 177.- Las facultades que de acuerdo con lo dispuesto en las presentes disposiciones, corresponden al Consejo, al Comité de Auditoría y al Titular, serán ejercidas sin perjuicio de otras que se contengan en las demás disposiciones legales que les sean aplicables a los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas