Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 288
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 207
Artículo 288.- Los coeficientes de cargo por riesgo de mercado, aplicables a las posiciones que mantengan los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento en operaciones referidas a tasa de interés nominal, sobretasa y real en moneda nacional, así como en operaciones referidas al crecimiento del salario mínimo general y a tasas de interés en moneda extranjera establecidos en la Sección Tercera del Capítulo III del presente título, serán actualizados y publicados por la Comisión en el Diario Oficial de la Federación una vez al año durante los primeros quince días del mes de diciembre, y estarán vigentes durante el año calendario siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior y, en caso de que las condiciones del mercado así lo justifique la Comisión, podrá actualizar y publicar los referidos coeficientes en cualquier momento, en cuyo caso en la misma publicación se establecerá su vigencia.
Sección Segunda Revelación de información
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas