Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 46
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 37
Artículo 46.- La información y documentación contenida en el expediente deberá mantenerse actualizada conforme a estas disposiciones y a las políticas del Organismo de Fomento o de la Entidad de Fomento de que se trate, para lo cual estos deberán contar con mecanismos de control y verificación que permitan detectar, en su caso, faltantes y los procedimientos para su regularización y acopio. Al efecto, los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento designarán al personal responsable de integrar y actualizar los expedientes, así como de controlar el servicio de su consulta y resguardo.
Cuando el deudor, acreditado o contraparte, pertenezca a un grupo de personas que representen Riesgo Común para los Organismos de Fomento o Entidades de Fomento, conforme a lo previsto en las presentes disposiciones, estos deberán identificar tal condición en el expediente que se asigne a cada uno de ellos. Asimismo, deberán identificar el grupo de Riesgo Común de que se trate o bien, establecer mecanismos o controles de accesibilidad y, en su caso, de recuperación para aquella información que permita identificar en todo momento los distintos grupos de Riesgo Común a partir de la consulta de un expediente individual. Lo anterior resultará aplicable, en lo conducente, tratándose de los créditos que bajo la modalidad de mancomunados hayan sido otorgados por los Organismos de Fomento o Entidades de Fomento.
Tratándose de operaciones crediticias que se encuentren en proceso de cobranza judicial, los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento estarán exceptuados de la actualización de los expedientes, exclusivamente en lo referente a la información que deba ser proporcionada por el deudor, acreditado o contraparte.
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas