Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionen servicios de inversión
Artículo 53
- Versión consultada
- 13 de septiembre de 2023
- Última actualización de la norma
- 13 de septiembre de 2023
- Página de origen
- 26
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Artículo 53.- Las Entidades financieras o Asesores en inversiones deberán enviar a la Comisión, dentro de los 25 días naturales siguientes al cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, la información relativa a las Reclamaciones o acciones judiciales interpuestas en contra
de la Entidad financiera o Asesor en inversiones, en el formato que se contiene en el Apartado C del Anexo 9 de las presentes disposiciones.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 09 de enero de 2015
- Última actualización
- 13 de septiembre de 2023
- Fecha de esta versión
- 13 de septiembre de 2023
- Texto indexado
- 30 de 30 páginas