Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 1 Bis 1
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 18
(26) Artículo 1 Bis 1.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico deberán hacer del conocimiento de sus Socios, mediante avisos colocados en lugar visible de sus sucursales su balance general y estado de resultados con cifras a marzo, junio, septiembre y diciembre del ejercicio de que se trate, así como sus notas, dentro de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada ejercicio social, según corresponda.32
(26)Asimismo, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico deberán presentar trimestralmente por medios electrónicos al Comité de Supervisión Auxiliar su balance general y estado de resultados aprobados por su Consejo de Administración, dentro de los meses de abril, julio, octubre y enero de cada ejercicio social, con cifras a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, según corresponda; utilizando para tal efecto los formatos contenidos en el “Instructivo de entrega de información para las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico” Anexo U de las presentes disposiciones.33
(2) La formulación y presentación de tales estados financieros, serán responsabilidad del Consejo de Administración de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico, quien deberá cuidar que aquellos revelen la verdadera situación financiera de la Sociedad.
(26) Adicionalmente, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico deberán entregar semestralmente y en forma impresa al Comité de Supervisión Auxiliar, el Balance General y Estado de Resultados elaborados de conformidad con lo dispuesto en el “Instructivo de entrega de información para las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Nivel de Operaciones Básico” contenido en el Anexo U de las presentes disposiciones, suscritos por el Presidente del Consejo de Administración y el Director o Gerente General, con cifras a los meses de junio y diciembre de cada año, dentro del mes inmediato siguiente al de su fecha.34
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- Publicación de la norma
- 04 de junio de 2012
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 248 de 248 páginas