Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 156
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 153
Artículo 156.- El manual de políticas y procedimientos para la administración integral de riesgos deberá contemplar, cuando menos, los aspectos que se indican a continuación:
- I.
Los límites de exposición al riesgo, así como los mecanismos de corrección en caso de que se excedan los límites de riesgo autorizados.
- II.
Una estructura organizacional diseñada para llevar a cabo la administración de riesgos.
- III.
Las facultades y responsabilidades en función del empleo o cargo que se desempeñe, cuando este último implique la toma de riesgos para la Sociedad.
- IV.
Los riesgos por tipo de operación y línea de negocios.
71 Fracción reformada mediante Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 09 de abril de 2024, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
- V.
La determinación o procedimiento para calcular los límites para la toma de riesgos a nivel consolidado, por línea y unidad de negocio, por tipo de riesgo y en forma individual, por acreditado o contraparte.
- VI.
El tipo de reportes que elaborarán, así como la forma y periodicidad con la que deberá informarse al Consejo de Administración, al Comité de Riesgos, al Director o Gerente General y a las unidades de negocios, sobre la exposición al riesgo de la Sociedad y de cada unidad de negocios.
- VII.
Las medidas de control interno, así como las necesarias para corregir las desviaciones que se observen sobre los límites de exposición al riesgo.
- VIII.
El proceso para la aprobación de propuestas de nuevas operaciones, servicios y líneas de negocios, así como de estrategias o iniciativas de administración de riesgos y, en su caso, de coberturas.
- IX.
Los planes de acción en caso de contingencias por caso fortuito o fuerza mayor.
El manual deberá ir acompañado de los modelos y metodologías para la valuación de los riesgos, aprobados por el Comité de Riesgos, así como de los requerimientos de los sistemas de procesamiento de información y para el análisis de riesgos.
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 04 de junio de 2012
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 248 de 248 páginas