Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 199
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 184
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(28) Artículo 199.- Las Sociedades considerarán como valor razonable de los Valores que conformen su balance general, el Precio Actualizado para Valuación que se obtenga de las entidades financieras en las que mantengan cuentas de inversión conforme a lo previsto en el Artículo 198 de estas disposiciones.114
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 04 de junio de 2012
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 248 de 248 páginas