Disposiciones de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Artículo 54
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Artículo 54.- Las ITF deberán proporcionar capacitación al interior de las mismas, dirigida especialmente a los miembros de sus respectivos consejos de administración o administrador único, directivos, funcionarios y empleados, incluyendo aquellos que laboren en áreas de atención al público o de administración de recursos. La capacitación a que se refiere el presente Capítulo se desarrollará a través de programas de capacitación y difusión que deberán contemplar, al menos, lo siguiente:
- I.
La impartición de cursos, talleres o programas, al menos una vez al año, cuyo contenido o materia deberá incluir al menos:
- a)
El conocimiento, análisis y efectivo cumplimiento de las presentes Disposiciones y sus modificaciones, así como de la información sobre técnicas, métodos, conductas y tendencias nacionales e internacionales para prevenir, detectar y reportar Operaciones que pudiesen actualizar los supuestos previstos en los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
- b)
El conocimiento, análisis y efectivo cumplimiento del contenido del Manual de Cumplimiento.
- c)
Las actividades, Operaciones, productos y servicios que ofrezca la ITF.
- d)
Los Riesgos a los que están expuestas las ITF.
Los temas de la capacitación a que se refiere la presente fracción deben ser coherentes con los resultados de la implementación de la metodología a que se refiere el Capítulo Único del Título Segundo de las presentes Disposiciones y adecuarse a las responsabilidades de los miembros de sus respectivos consejos de administración administrador único, directivos, funcionarios y empleados.
- II.
La difusión de las presentes Disposiciones y sus modificaciones, así como de la información sobre técnicas, métodos, conductas y tendencias para prevenir, detectar y reportar Operaciones que pudiesen actualizar los supuestos previstos en los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
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