Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Artículo 6
- Versión consultada
- 01 de noviembre de 2019
- Última actualización de la norma
- 01 de noviembre de 2019
- Página de origen
- 5
Artículo 6.- Los Participantes, a efecto de obtener el Certificado correspondiente, deberán registrarse en el portal de Internet de la Comisión.
Una vez que el Participante se registre, se considerará que acepta los términos y condiciones previstos en la convocatoria y el Instructivo señalados en el artículo 5 de las presentes disposiciones. En ese mismo acto se le proporcionará un número de folio, una clave y una contraseña que servirán para presentar la solicitud, utilizando los formatos y el Instructivo, así como para dar seguimiento al estado del proceso de obtención del Certificado.
Todo archivo se adjuntará de forma electrónica conforme a las especificaciones previstas en el Instructivo.
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de noviembre de 2019
- Última actualización
- 01 de noviembre de 2019
- Fecha de esta versión
- 01 de noviembre de 2019
- Texto indexado
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