Disposiciones de carácter general aplicables a los proveedores de precios
Artículo 12
- Versión consultada
- 21 de agosto de 2020
- Última actualización de la norma
- 21 de agosto de 2020
- Página de origen
- 7
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 12.- Los Proveedores de Precios proporcionarán a la Comisión y a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, a través de medios electrónicos y el mismo día de su cálculo, los Precios Actualizados para Valuación y, en su caso, las modificaciones que hayan entregado a los Usuarios sujetos a la supervisión de cada una de ellas.
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 21 de agosto de 2020
- Última actualización
- 21 de agosto de 2020
- Fecha de esta versión
- 21 de agosto de 2020
- Texto indexado
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