Disposiciones generales aplicables a los operadores de bolsa y apoderados de intermediarios del mercado de valores para la celebracion de operaciones con el público
Artículo 9 Bis
- Versión consultada
- 05 de junio de 2014
- Última actualización de la norma
- 05 de junio de 2014
- Página de origen
- 6
(10) Artículo 9 Bis.- Los Intermediarios del Mercado de Valores podrán contratar a terceros para prestar servicios para la recepción de instrucciones y celebración de operaciones con el público de asesoría, promoción y compra y venta de valores, que en todo caso se realizarán a través de Apoderados a los que los propios Intermediarios del Mercado de Valores les otorguen un poder para tales efectos.
(10) En estos casos, deberán pactar en el contrato de prestación de servicios o instrumento legal respectivo que celebren, la aceptación incondicional de los terceros para entregar a la Comisión, a través de los Intermediarios del Mercado de Valores, la información y documentación, incluyendo libros, sistemas, registros, manuales y documentos en general, relacionados con la prestación del servicio de que se trate.
(10) Los requerimientos de información y, en su caso, las observaciones o medidas correctivas que deriven de la supervisión que realice la Comisión en términos de las disposiciones aplicables, se efectuará directamente a los Intermediarios del Mercado de Valores.
(10) Igualmente, la Comisión de conformidad con lo previsto por las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito”, las “Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 212 de la Ley del Mercado de Valores” y las “Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 108 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y 91 de la Ley de Sociedades de Inversión”, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o las que las sustituyan, podrá en cualquier momento, efectuar requerimientos de información, así como verificar que los terceros cuenten con la información necesaria a fin de dar cumplimiento a lo previsto en tales disposiciones.
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- Publicación de la norma
- 30 de junio de 2003
- Última actualización
- 05 de junio de 2014
- Fecha de esta versión
- 05 de junio de 2014
- Texto indexado
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