Disposiciones de carácter general aplicables al uso del sistema electrónico de autorizaciones para la organización, operación y funcionamiento de entidades, así como de las demás autorizaciones que competa otorgar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Artículo 5
- Versión consultada
- 15 de abril de 2019
- Última actualización de la norma
- 15 de abril de 2019
- Página de origen
- 4
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Artículo 5.- El acceso al Sistema Electrónico se realizará a través de la página de Internet de la Comisión, en el sitio de Internet https://www.gob.mx/cnbv/
El Solicitante podrá realizar a través del Sistema Electrónico, consultas respecto del estado que guarda su solicitud dentro del proceso de autorización, en cualquiera de sus etapas.
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 15 de abril de 2019
- Última actualización
- 15 de abril de 2019
- Fecha de esta versión
- 15 de abril de 2019
- Texto indexado
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