Disposiciones de carácter general para regular el servicio de valoraciones numéricas prestado por las sociedades de información crediticia
Artículo 6
- Versión consultada
- 09 de enero de 2015
- Última actualización de la norma
- 09 de enero de 2015
- Página de origen
- 4
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 6.- Las Sociedades deberán considerar toda la información disponible en sus bases de datos para la formulación de los Modelos que sirven para calcular las Valoraciones Numéricas, salvo que por el tipo de servicio de calificación de créditos se requiera segregar algún tipo de información.
Capítulo III Del proceso de solicitud y entrega
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 09 de enero de 2015
- Última actualización
- 09 de enero de 2015
- Fecha de esta versión
- 09 de enero de 2015
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