Evaluación Nacional Riesgos Versión Pública
Artículo 2
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artículo 2, es proteger el SF y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir dichos delitos, los relacionados con éstos, combatir las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento. Para ello, en apego a sus funciones y atribuciones, los actores participantes del régimen interactúan de forma coordinada:
1. Sujetos Obligados al régimen de PLD/CFT.
Conformado por los integrantes del Sistema Financiero Mexicano (3,549 al 30 de junio de 2022) y quienes realizan actividades vulnerables (107,642 al 30 de junio de
2022).
Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: identificar y conocer a los clientes, monitorear las operaciones realizadas, detectar operaciones de riesgo y enviar reportes y avisos a la UIF, siendo su colaboración fundamental, ya que son ellos el primer frente con los clientes y usuarios que proporcionan la información necesaria a las autoridades, coadyuvando así en prevenir, detectar y, en su caso, reportar determinadas operaciones financieras, así como emitir avisos de actividades no financieras consideradas como vulnerables, por lo que el correcto cumplimiento de sus obligaciones es esencial.
2. Autoridades Reguladoras.
Conformación: SHCP, por medio de la Unidad de Banca de Desarrollo (UBD), Unidad de Banca, Valores y Ahorro (UBVA), Unidad de Seguros, Pensiones y
11 Seguridad Social (USPSS) y de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), así como el Banco de México (BANXICO).
Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: creación del marco jurídico relativo a la PLD/ CFT, por medio de la formulación de políticas de promoción, regulación y supervisión, así como la interpretación del marco normativo.
3. Autoridades Supervisoras.
Conformación: CNBV, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: supervisar que los SO del régimen de PLD/CFT cumplan con sus obligaciones adecuadamente, por medio de acciones de vigilancia e inspección.
BANXICO también supervisa la parte de obligaciones de los denominados Riesgos Adicionales, en lo que se refiere a los sistemas de pagos.
4. Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: recibir reportes y avisos por parte de los SO, analizar la información recibida para detectar posibles conductas de LD/FT y diseminar los productos de inteligencia realizados, enviar informes de inteligencia y en su caso presentar las denuncias correspondientes de LD/FT.
Asimismo, la UIF interactúa con los SO, a través de las Supervisoras y de manera directa, para la retroalimentación sobre la calidad de los reportes y avisos enviados, así como la creación y diseminación de Guías, Mejores Prácticas, Indicadores de Riesgo y Tipologías; y con las Supervisoras interactúa para informar sobre el cumplimiento de los SO en términos de los reportes y avisos recibidos.
5. Otros integrantes del Régimen
-Fiscalía General de la República (FGR), y Procuradurías o Fiscalías Generales de Justicia Estatales.
Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: investigar y perseguir los delitos del orden federal y estatal, incluyendo el LD/FT.
Interacción con otros integrantes del régimen: impartición de justicia (consignación de investigaciones de LD/FT) y UIF (retroalimentación sobre la información incluida en las denuncias e informes de inteligencia)
-Poder Judicial de la Federación (PJF) y Poderes Judiciales Estatales.
12 Principales funciones en el régimen de PLD/CFT: impartición de justicia con apego al marco jurídico de la nación, garantizando el Estado de Derecho e incluyendo los casos de LD/FT.
Interacción con otros integrantes del régimen: procuración de justicia (identificación de los elementos de prueba del delito admitidos para casos de LD/FT).
-Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE), en los casos en que existan además delitos electorales vinculados a ORPI.
-Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), quien coordina la Asistencia Legal Mutua con autoridades extranjeras.
-Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC), la Auditoria Superior de la Federación (ASF) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), en los casos en que existan además delitos de corrupción vinculados a ORPI.
-Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC), misma que trabaja con la Guardia Financiera.
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- IV.
Riesgos asociados a los Sujetos Obligados
Los SO4 deben prevenir, detectar y, en su caso, reportar determinadas operaciones financieras, así como emitir avisos de actividades no financieras consideradas como vulnerables5 conforme a la normatividad aplicable.
A través de la ENR se mantiene actualizada la evaluación sectorial de riesgos de los SO de ser utilizados para el lavado de dinero, con el objetivo de contar con políticas públicas eficaces para dar atención a los riesgos según su magnitud.
Para determinar los riesgos sectoriales del SF y de quienes realizan AV se establecen procesos para identificar, analizar y medir los riesgos de los SO de ser utilizados para el lavado de dinero, siendo estos procesos el sustento metodológico para la estimación de los riesgos.
Evaluación Sectorial de Riesgos Identificación y Análisis Se realizó a través de los insumos considerados en los Informes de Calidad Sectorial y en los Cuestionarios de Percepción de Riesgos de los SO, así se identificaron los elementos y factores de riesgo de los sectores (productos y servicios, clientes y usuarios, área geográfica y transacciones y canales de envío vinculados con sus operaciones). Evaluación Se realizó a través de la Matriz de Riesgos Sectorial, del sistema financiero y de quienes realizan AV, asignándoles rangos de calificación para diferenciar los riesgos de cada sector de ser utilizados para la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Para el proceso de evaluación, a partir de los insumos identificados en los Informes de Calidad Sectorial y en los Cuestionarios de Percepción de Riesgos de los SO, se elaboró y aplicó una Matriz de Riesgos Sectorial, con información, del período que va del 2019 al cierre del primer semestre de 2022, propia de la base de datos de la UIF y con la recabada por los supervisores del Régimen de PLD/CFT, para cada uno de los sectores.
Matriz de Riesgo Sectorial Sistema Financiero Actividades Vulnerables 19 Sectores 236 Matrices de Riesgo 20 Sectores 187 Matrices de Riesgo
4 Los sujetos que están obligados a proporcionar información sobre los actos u operaciones que llevan a cabo en la realización de sus actividades son las Entidades Financieras conforme a las leyes y disposiciones especiales que las regulen en la materia, y quienes realicen AV conforme a lo establecido en la LFPIORPI. Disponible en: <https://uif.gob.mx/es/uif/nacional>. 5AV, de acuerdo a la LFPIORPI en su
artículo 2;
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