Resolución por la que se expide la información y se dan a conocer los medios electrónicos para informar la integración y cambios del Comité de Comunicación y Control; la designación y revocación del Oficial de Cumplimiento, Representante u Oficial de Cumplimiento interino; la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, así como la transmisión de acciones por más del dos por ciento del capital social pagado, según corresponda, contemplados en las disposiciones de carácter general que se indican.
Artículo 5
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Artículo 5.- El formato oficial, así como las especificaciones para su llenado y envío contenidos en el respectivo instructivo, a través de los que las casas de cambio, centros cambiarios, sociedades financieras de objeto múltiple, sociedades financieras populares con niveles de operación del I al IV, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación del I al IV, organismos de integración financiera rural, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con niveles de operación del I al IV, y transmisores de dinero deberán informar la identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad, serán los que para tal efecto estarán disponibles en el apartado de avisos del portal SITI PLD/FT en la red mundial denominada Internet. Las entidades y sociedades señaladas en el párrafo anterior deberán proporcionar la siguiente información de cada persona o grupo de personas que ejerzan el control de dichas entidades o sociedades: A. Para el caso de personas físicas: 1. CURP. 2. RFC. 3. Nombre completo con apellidos y sin abreviaturas. 4. Cargo dentro de la entidad o sociedad. 5. Nacionalidad. 6. El tipo de control que ejerce, conforme a lo establecido en las Disposiciones. 7. Fecha en que los socios o accionistas informaron a la administración de la entidad o sociedad la identidad de la persona que ejerce el control. 8. Si forma parte de un grupo de personas que ejercen el control de la propia entidad o sociedad. 9. Porcentaje de tenencia accionaria, en su caso. B. Para el caso de personas morales: 1. RFC. 2. Razón social o denominación. 3. Fecha de constitución. 4. Nacionalidad. 5. El tipo de control que ejerce, conforme a lo establecido en las Disposiciones. 6. Fecha en que los socios o accionistas informaron a la administración de la entidad o sociedad, la identidad de la persona que ejerce el control. 7. Si forma parte de un grupo de personas que ejercen el control de la propia entidad o sociedad. 8. Porcentaje de tenencia accionaria, en su caso.
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