Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de operaciones con dólares en efectivo de los Estados Unidos de América, en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado.
Artículo 115
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artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. RESOLUCION POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL REPORTE DE OPERACIONES CON DOLARES EN EFECTIVO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, EN TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL
ARTICULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, ASI COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO. ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones VII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, 34ª Bis de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, por virtud de las cuales, se inició la homologación de estándares aplicables a las distintas entidades y actividades financieras en México, en materia de prevención, detección y reporte de operaciones posiblemente relacionadas con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita o financiamiento al terrorismo, mediante la inclusión de normas específicas encaminadas al adecuado seguimiento de las operaciones que dichas instituciones lleven a cabo con sus clientes y usuarios, incluyendo los servicios que se otorguen en una sucursal, a través de comisionistas, e inclusive los que se presten mediante el uso de nuevas tecnologías, todo ello encaminado a promover el sano desarrollo de las instituciones de crédito; Que el 16 de junio de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que reforma y adiciona las disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de incorporar una medida regulatoria aplicable a las operac
iones en efectivo con dólares de los Estados Unidos de América que se realizan en las instituciones de crédito, con el propósito fundamental de evitar que los recursos cuya procedencia pudiera estar relacionada con actividades ilícitas, ingresen al sistema bancario; Que en ese contexto, la medida regulatoria señalada tiene como objetivo satisfacer las necesidades de intercambio de dólares por pesos de la población en general, y encauzar en un mismo sentido las políticas bancarias aplicables a la captación en efectivo de dólares de los Estados Unidos de América, al establecer ciertos requerimientos que permiten prevenir la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo; Que en términos de la 34ª Bis de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe expedir el formato oficial para que las instituciones de crédito le remitan, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, un reporte por cada operación de compra, recepción de depósitos, recepción del pago de créditos o servicios, o transferencias o situación de fondos, en efectivo que se realicen con dólares de los Estados Unidos de América, conforme a los términos y especificaciones señalados por el referido precepto; Que el 25 de octubre de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de operaciones con dólares en efectivo de los Es tados Unidos de América, en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado, y se reforma la resolución por la que se expide el formato oficial para el Reporte de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2004 y reformada mediante publicación en el mismo medio de difusión del 18 de mayo de 2005.”, cuyo objeto fue el de establecer el formato oficial previsto en la 34ª Bis de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado, y reformar el
ARTICULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, ASI COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO. ARTICULO UNICO.- Se expide el formato oficial para el reporte de operaciones con dólares en efectivo de los Estados Unidos de América, en términos de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado.
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