Resolución por la que se expide el formato oficial para el intercambio de información de clientes y usuarios con entidades financieras extranjeras, en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado.
Artículo 1
- Versión consultada
- 20 de abril de 2009
- Última actualización de la norma
- 20 de abril de 2009
- Página de origen
- 1
Artículo 1.- La presente Resolución tiene como objetivo establecer el formato oficial, a través del cual las Entidades podrán intercambiar información sobre sus Clientes y Usuarios, así como de operaciones de los
(Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de marzo de 2015 mismos, con Entidades Financieras Extranjeras, previsto en el primer párrafo de la 62ª Ter de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, además de señalar el medio para que la Entidad de que se trate, envíe a la Secretaría, a través de la Comisión, copia del citado formato oficial en términos de la fracción III de la referida disposición.
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 20 de abril de 2009
- Última actualización
- 20 de abril de 2009
- Fecha de esta versión
- 20 de abril de 2009
- Texto indexado
- 20 de 20 páginas