Resolución por la que se expiden los formatos oficiales para informar la designación del oficial de cumplimiento, la integración del Comité de Comunicación y Control y para reportar operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes, en términos de los artículos 48, 53, 66, 69 y 75 de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, y se da a conocer el medio electrónico para el envío de dichos formatos.
Artículo 1
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Artículo 1.- La presente Resolución tiene por objeto establecer los formatos oficiales y el medio electrónico a través del cual las Instituciones de Tecnología Financiera deberán remitir a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la designación del Oficial de Cumplimiento así como su revocación, la integración del Comité de Comunicación y Control y sus modificaciones, así como los reportes de operaciones consideradas como relevantes, inusuales e internas preocupantes, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 53, 66, 69 y 75 de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 58 de la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
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