Resolución por la que se expide el formato oficial y se da a conocer el medio electrónico para comunicar la información de la persona designada como representante o, en su caso, oficial de cumplimiento, contemplado en las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 226 Bis de la Ley del Mercado de Valores, aplicables a los asesores en inversiones.
Artículo 4
- Versión consultada
- 31 de diciembre de 2014
- Última actualización de la norma
- 31 de diciembre de 2014
- Página de origen
- 2
Artículo 4.- La información a que se refiere el formato oficial anteriormente mencionado, deberá enviarse de acuerdo a los plazos, términos y condiciones previstos en las Disposiciones, y se recibirá bajo el supuesto de que el envío cumple con todas las características requeridas. En consecuencia, el SITI generará un acuse de recibo electrónico en el que se hará constar el nombre, la razón o denominación social del Asesor en Inversiones, número de registro, número de folio, tipo de información, así como fecha y hora de recepción. Los Asesores en Inversiones serán responsables del envío de la información de que se trata, así como de que ésta reúna la calidad y características exigibles.
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- Publicación de la norma
- 31 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 31 de diciembre de 2014
- Fecha de esta versión
- 31 de diciembre de 2014
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