Acuerdo por el que se establece el medio electrónico y se expide el formato oficial mediante los cuales se deberá informar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la suscripción de los convenios de intercambio de información entre entidades del mismo grupo financiero.
Artículo 1
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Artículo 1.- El presente acuerdo tiene por objeto establecer el medio electrónico y expedir el formato oficial a través de los cuales las Entidades deberán informar a la Comisión sobre los convenios celebrados entre Entidades de un mismo Grupo Financiero, para el intercambio de información sobre las Operaciones que realicen con sus Clientes o Usuarios, con las otras Entidades que formen parte del mismo Grupo Financiero que estén facultadas para ello conforme a las Disposiciones aplicables, y que tengan como finalidad fortalecer las medidas para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran actualizar los supuestos previstos en los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
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