Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de transferencias internacionales de fondos, en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado.
Artículo 15
- Versión consultada
- 20 de abril de 2009
- Última actualización de la norma
- 20 de abril de 2009
- Página de origen
- 1
artículo 15, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y CONSIDERANDO Que el 20 de abril de 2009 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general a que se refiere el
artículo 15, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Unidad de Inteligencia Financiera tiene atribuciones para diseñar, en coordinación con los órganos administrativos desconcentrados competentes de dicha Secretaría, las formas oficiales para la presentación de reportes sobre los actos, operaciones y servicios que las entidades obligadas a ello realicen con sus clientes y usuarios, así como para expedir las mencionadas formas oficiales; Que resulta conveniente continuar avanzando en la automatización de la información correspondiente, a fin de permitir a las entidades generarla en forma suficiente, íntegra y oportuna, así como lograr mayor eficiencia en su envío y recepción, lo cual contribuirá en la materia de que se trata a la prevención y detección de operaciones relacionadas con la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 y 148 Bis del Código Penal Federal, o que pudieran ubicarse en los supuestos del
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- Publicación de la norma
- 20 de abril de 2009
- Última actualización
- 20 de abril de 2009
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- 20 de abril de 2009
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