Reglamento interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Artículo 3
- Versión consultada
- 28 de febrero de 2022
- Última actualización de la norma
- 28 de febrero de 2022
- Página de origen
- 3
Artículo 3.- La Comisión, para el ejercicio de sus atribuciones, tiene los órganos y unidades administrativas siguientes:
- I.
Junta de Gobierno;
- II.
Comité Interinstitucional;
- III.
Presidencia;
- IV.
Vicepresidencias, y
- V.
Direcciones generales.
Al frente de la Presidencia, las vicepresidencias y direcciones generales, estarán respectivamente, el Presidente y las personas titulares de las vicepresidencias y direcciones generales.
Las personas titulares de las direcciones generales se auxiliarán para el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, por las personas titulares de las coordinaciones, direcciones de área y subdirecciones, así como por inspectores, especialistas y demás personal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio y que de conformidad con las disponibilidades presupuestarias determine la Comisión por acuerdo de la Junta de Gobierno.
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- Publicación de la norma
- 28 de febrero de 2022
- Última actualización
- 28 de febrero de 2022
- Fecha de esta versión
- 28 de febrero de 2022
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