Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 51 Bis 8
- Versión consultada
- 04 de diciembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de diciembre de 2025
- Página de origen
- 187
(289) Artículo 51 Bis 8.- La Comisión podrá autorizar mecanismos distintos a los previstos en el Artículo 51 Bis 6 de las presentes disposiciones para identificar a solicitantes o clientes, así como para verificar documentos de identificación diferentes a los referidos en dicho artículo, siempre que las Instituciones cumplan, al menos, con lo siguiente:
- (289)I.
Incluir un elemento de validación de información biométrica contra los registros de alguna autoridad financiera, electoral o fiscal mexicanas, o de alguna dependencia federal, con una coincidencia mínima del noventa por ciento, así como prever mecanismos alternos de identificación, en caso de que la validación biométrica no se encuentre disponible en ese momento, pudiendo utilizar el mecanismo previsto en los párrafos sexto y séptimo del Artículo 51 Bis 6 de las presentes disposiciones.
- (289)II.
Requerir al solicitante o cliente que presente su identificación con fotografía expedida por alguna autoridad estatal o federal mexicana, o por dependencias estatales o federales, tanto por el anverso como por el reverso.
- (289)III.
En el caso de solicitantes, verificar los elementos de seguridad de la identificación con fotografía que se presenten para aprobación, y corroborar los datos o información contenida en dicha identificación contra los registros de la autoridad estatal o federal, o de la dependencia estatal o federal que la haya emitido considerando, cuando menos, el nombre completo y alguna otra clave o código que se incluya en la identificación.
- (281)IV.
Corroborar los datos de la Clave Única de Registro de Población con el Registro Nacional de Población.
- (281)V.
Realizar una prueba de vida, entendiéndose como tal lo establecido en el inciso e) de la fracción VII del cuarto párrafo del Artículo 51 Bis 6 de las presentes disposiciones.
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- Publicación de la norma
- 02 de diciembre de 2005
- Última actualización
- 04 de diciembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de diciembre de 2025
- Texto indexado
- 657 de 674 páginas