Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 77
- Versión consultada
- 04 de diciembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de diciembre de 2025
- Página de origen
- 214
Artículo 77.- Las Instituciones adicionalmente a las funciones de auditoría interna a que alude el artículo anterior, deberán llevar a cabo una evaluación técnica de los aspectos de la Administración Integral de Riesgos señalados en el Anexo 12 de las presentes disposiciones, cuando menos cada dos ejercicios sociales. Los resultados de la evaluación se asentarán en un informe suscrito por el director general, en calidad de responsable. Dicho informe será aprobado por el comité de riesgos, sin el voto del director general, debiendo presentarse al Consejo de la Institución y remitirse a la Comisión dentro de los primeros 10 días hábiles del mes de marzo siguiente al período bianual al que esté referido el informe.
(150) El informe contendrá las conclusiones generales sobre el estado que guarda la Administración Integral de Riesgos de la Institución, incluyendo las opiniones y observaciones respecto de cada uno de los aspectos que se contienen en el Anexo 12 citado anteriormente, así como las medidas de corrección que se estimen convenientes a fin de resolver las deficiencias que, en su caso, se hayan identificado.
La Comisión podrá ordenar antes de que concluya el referido período de dos ejercicios sociales, la realización de una evaluación que cumpla con los requisitos que contiene el Anexo 12 de las presentes disposiciones, cuando a juicio de la propia Comisión, existan cambios significativos en los procesos y prácticas de Administración Integral de Riesgos de la Institución o en caso de que se observe un deterioro en la estabilidad financiera, solvencia y liquidez de la Institución, acorde a lo previsto en el Artículo 5, quinto párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Sección Tercera De los objetivos, lineamientos, políticas y manuales de procedimientos
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- Publicación de la norma
- 02 de diciembre de 2005
- Última actualización
- 04 de diciembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de diciembre de 2025
- Texto indexado
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