Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa
Artículo 133
- Versión consultada
- 03 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 03 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 80
Artículo 133.- Las casas de bolsa adicionalmente a las funciones de auditoría interna a que alude el artículo anterior, deberán llevar a cabo una evaluación técnica de los aspectos de la administración integral de riesgos señalados en el Anexo 1 de las presentes disposiciones, cuando menos cada dos ejercicios sociales. Los resultados de la evaluación se asentarán en un informe suscrito por el director general, en calidad de responsable. Dicho informe será aprobado por el comité de riesgos, sin el voto del director general, debiendo presentarse al consejo de administración de la casa de bolsa y remitirse a la Comisión dentro de los primeros diez días hábiles del mes de marzo siguiente al periodo bianual al que esté referido el informe.
El informe contendrá las conclusiones generales sobre el estado que guarda la administración integral de riesgos de la casa de bolsa, incluyendo las opiniones y observaciones respecto de cada uno de los aspectos que se contienen en el Anexo 1 citado anteriormente, así como las medidas correctivas que se estimen convenientes a fin de resolver las deficiencias que en su caso se hayan identificado.
(72) La Comisión podrá ordenar antes de que concluya el referido periodo de dos ejercicios sociales, la realización de una evaluación que cumpla con los requisitos que contiene el Anexo 1 de las presentes disposiciones, cuando a juicio de la propia Comisión, existan cambios significativos en los procesos y prácticas de administración integral de riesgos de la casa de bolsa o en caso de que se observe un deterioro en la estabilidad financiera, solvencia y liquidez de la casa de bolsa, acorde a lo previsto en el artículo 5, séptimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Sección Tercera De los objetivos, lineamientos, políticas y manual de procedimientos
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- Publicación de la norma
- 09 de marzo de 2005
- Última actualización
- 03 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 03 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 203 de 204 páginas