Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa
Artículo 204 Bis 19
- Versión consultada
- 03 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 03 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 142
Calculando la diferencia léxica…
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(54) Artículo 204 Bis 19.- La aplicación de las disposiciones del presente capítulo, así como de las medidas correctivas, es sin perjuicio de las facultades que se le atribuyen a la Comisión en la Ley, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, las señaladas en los artículos 141 y 356 de la Ley.
(54) Lo anterior, sin perjuicio de que conforme a lo dispuesto por el artículo 392 de la Ley, el incumplimiento de las medidas correctivas a que se refieren las presentes disposiciones, será sancionado en términos de lo previsto por el citado artículo.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 09 de marzo de 2005
- Última actualización
- 03 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 03 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 203 de 204 páginas