Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 112
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 88
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 112.- Para efectos del cálculo de las reservas preventivas, cuando se trate de créditos de nueva originación, correspondientes a los créditos mencionados en el artículo anterior, el Infonavit y el Fovissste podrán asignar a las variables ATRi y %VPAGOi valores de 0 y 100%, respectivamente, para su utilización en el periodo de calificación inicial y el inmediato siguiente a este. Una vez transcurrido el citado plazo el Infonavit y el Fovissste deberán utilizar los valores de información efectivamente observada para el cálculo de las variables.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas