Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 254
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 184
(23) Artículo 254.- Los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento que adopten un modelo basado en calificaciones internas con enfoque básico, deberán utilizar un Plazo Efectivo o de Vencimiento de 2.5 años para sus operaciones clasificadas en los grupos a que se refiere el artículo 243, fracciones I, II y III de las presentes disposiciones, con excepción de las operaciones de reporto para las cuales deberán emplear un Plazo Efectivo o de Vencimiento de 6 meses.
(23En todo caso, los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento que adopten el modelo basado en calificaciones internas, para la determinación de sus Operaciones Sujetas a Riesgo de Crédito con las personas a las que se refiere el artículo 243, fracción I de las presentes disposiciones, deberán medir el Plazo Efectivo o de Vencimiento para cada posición conforme a lo previsto por el presente artículo, de acuerdo con lo siguiente:
- I.
Para un instrumento sujeto a una determinada estructura de flujos de efectivo, el Plazo Efectivo o de Vencimiento se define como:
Plazo Efectivo o de Vencimiento
Donde CFt representa los flujos de efectivo (principal, pago de intereses y comisiones) que deberán ser pagados contractualmente en el periodo t, expresado en años.
- II.
Tratándose de Organismos de Fomento y Entidades de Fomento que se encuentren imposibilitadas para calcular el Plazo Efectivo o de Vencimiento de acuerdo al método descrito en el punto anterior, podrán utilizar una medida de Plazo Efectivo o de Vencimiento más conservadora, basada en el tiempo restante máximo (en años), que puede emplear el prestatario para cancelar por completo su obligación contractual (principal, intereses y comisiones), bajo los términos del contrato del préstamo. Este periodo corresponderá al plazo de vencimiento nominal del instrumento.
En ningún caso el Plazo Efectivo o de Vencimiento podrá ser menor a un año o mayor a cinco años.
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- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas