Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 62
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 43
Artículo 62.- El Titular del Organismo de Fomento o Entidad de Fomento será responsable de vigilar que se mantenga la Independencia necesaria entre la unidad para la Administración Integral de Riesgos y las Unidades de Negocio. Adicionalmente, deberá adoptar las medidas siguientes:
- I.
Establecer como mínimo programas semestrales de revisión por parte de la unidad para la Administración Integral de Riesgos y de las Unidades de Negocio, respecto al cumplimiento de objetivos, procedimientos y controles en la celebración de operaciones, así como de los Límites de Exposición al Riesgo y Niveles de Tolerancia al Riesgo.
- II.
Asegurarse de la existencia de adecuados sistemas de almacenamiento, procesamiento y manejo de información.
||
- III.
Difundir y, en su caso, implementar planes de acción para casos de contingencia en los que por caso fortuito o fuerza mayor, se impida el cumplimiento de los Límites de Exposición al Riesgo y Niveles de Tolerancia al Riesgo aplicables.
- IV.
Establecer programas de capacitación y actualización para el personal de la unidad para la Administración Integral de Riesgos, y para todo aquel involucrado en las operaciones que impliquen riesgo para el Organismo de Fomento o la Entidad de Fomento.
- V.
Establecer procedimientos que aseguren un adecuado flujo, calidad y oportunidad de la información, entre las Unidades de Negocio y la unidad para la Administración Integral de Riesgos, a fin de que esta última cuente con los elementos necesarios para llevar a cabo su función.
- VI.
Una vez aprobada por el comité de riesgos, suscribir la evaluación a que se refiere el artículo 70 de las presentes disposiciones para su presentación a los Consejos y a la Comisión. Tratándose del Infonavit, la aprobación de la evaluación a que se refiere el artículo 70 de estas disposiciones, la podrá efectuar el comité de riesgos o el Consejo de Administración.
Apartado A Del comité de riesgos
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas