Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionen servicios de inversión
Artículo 22
- Versión consultada
- 13 de septiembre de 2023
- Última actualización de la norma
- 13 de septiembre de 2023
- Página de origen
- 16
Artículo 22.- Tratándose de Servicios de inversión asesorados, las Entidades financieras deberán contar con una persona encargada de supervisar el cumplimiento de las disposiciones aplicables a dichos servicios, quien deberá cumplir con al menos, los mismos requisitos que la persona a que se refiere el artículo 21 de estas disposiciones, pudiendo ser la misma persona.
La persona responsable de supervisar el cumplimiento de las disposiciones aplicables a los Servicios de inversión asesorados, tendrá las funciones que le encomiende el consejo de administración de las Entidades financieras, pero al menos deberá cumplir con aquellas establecidas en el Apartado B del Anexo 9 de estas disposiciones.
Las personas referidas en el presente artículo y el artículo 21 anterior, en su caso, deberán presentar al consejo de administración a través del comité de auditoría, en su caso, de las propias Entidades financieras, así como a la Comisión, un reporte del ejercicio de sus funciones que contenga los principales hallazgos. Este reporte deberá ser entregado a la Comisión semestralmente, a más tardar a los veinte días hábiles siguientes contados a partir de la presentación al consejo de administración de dicho reporte.
Tratándose de sociedades operadoras de fondos de inversión y sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión, el contralor normativo podrá ejercer las funciones a que se refiere el presente artículo.
En todo caso, para el desempeño de las responsabilidades a que se refiere el presente artículo, el contralor normativo podrá auxiliarse del personal que determine.
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 09 de enero de 2015
- Última actualización
- 13 de septiembre de 2023
- Fecha de esta versión
- 13 de septiembre de 2023
- Texto indexado
- 30 de 30 páginas