Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
Artículo 232
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 194
(1) Artículo 232.- La Comisión dará a conocer la categoría en que las Sociedades hayan sido clasificadas, sus modificaciones y la fecha a la que corresponde el Nivel de Capitalización utilizado para llevar a cabo la clasificación, a través de su página en la red electrónica mundial denominada Internet, dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre del mes inmediato siguiente al que corresponda la información. Para fines de mayor difusión el Comité de Supervisión Auxiliar publicará a través de su página en la red electrónica mundial Internet, esta misma información una vez que la Comisión la haga del conocimiento del público conforme a lo previsto en el presente artículo.
(1) En caso de que la Comisión hubiere efectuado la verificación del Nivel de Capitalización a que se refieren los Artículos 28, 54, 94 y 139 de las presentes disposiciones, deberá dar a conocer al Comité de Supervisión Auxiliar los cómputos definitivos.
Capítulo II De las Medidas Correctivas
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- Publicación de la norma
- 04 de junio de 2012
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 248 de 248 páginas