Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
Artículo 16
- Versión consultada
- 01 de noviembre de 2019
- Última actualización de la norma
- 01 de noviembre de 2019
- Página de origen
- 7
Calculando la diferencia léxica…
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Artículo 16.- La Comisión notificará al Participante, conforme al artículo 23 de las presentes disposiciones, el resultado que recaiga a su evaluación dentro de los veinte días hábiles siguientes a aquel en que haya sido sustentada.
El resultado a que se refiere el párrafo anterior será “Aprobatorio” o “No Aprobatorio” y en ningún caso contendrá calificaciones, puntajes o porcentajes.
Sección III De la expedición del Certificado
Fuente y vigencia
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- Publicación de la norma
- 01 de noviembre de 2019
- Última actualización
- 01 de noviembre de 2019
- Fecha de esta versión
- 01 de noviembre de 2019
- Texto indexado
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