Disposiciones de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la ley para regular las instituciones de tecnología financiera
Artículo 5
- Versión consultada
- 19 de marzo de 2019
- Última actualización de la norma
- 19 de marzo de 2019
- Página de origen
- 8
Calculando la diferencia léxica…
Incluye artículo, norma, versión y fuente.
Artículo 5.- La CNBV contará con un plazo de cinco días hábiles, una vez que otorgue la autorización temporal a la Sociedad Autorizada para operar el Modelo Novedoso de que se trate, para realizar la Inscripción en el Registro, especificando la información a que se refiere el artículo 4, fracciones I a VI de estas disposiciones.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 19 de marzo de 2019
- Última actualización
- 19 de marzo de 2019
- Fecha de esta versión
- 19 de marzo de 2019
- Texto indexado
- 9 de 9 páginas