Resolución por la que se expide el formato oficial para el intercambio de información de clientes y usuarios con entidades financieras extranjeras, en términos de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como el instructivo para su llenado.
Artículo 4
- Versión consultada
- 20 de abril de 2009
- Última actualización de la norma
- 20 de abril de 2009
- Página de origen
- 2
Artículo 4.- Las Entidades deberán remitir a la Unidad, por conducto de la Comisión, un sobre electrónico que contenga copia del formato de intercambio de información a que se refiere el artículo 3 anterior, en un archivo XML con la extensión .FII, de conformidad con las especificaciones indicadas en el Anexo B de la presente Resolución, en los términos que se establecen en las Disposiciones, mediante su transmisión vía electrónica a la Comisión, respecto del cual el SITI generará un acuse de recibo electrónico en el que se hará constar la denominación de la Entidad, número de folio, fecha y hora de recepción, así como el número total de registros enviados.
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- Publicación de la norma
- 20 de abril de 2009
- Última actualización
- 20 de abril de 2009
- Fecha de esta versión
- 20 de abril de 2009
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