Guía Mejores Prácticas Reportes Relevantes Inusuales Preocupantes Asesores en Inversiones
Artículo 226 Bis
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artículo 226 Bis de la Ley del Mercado de Valores, con la finalidad de plasmar los elementos que han sido identificados como medio para mejorar la calidad en la elaboración de los Reportes de Operaciones Inusuales y Reportes de Operaciones Internas Preocupantes, remitidos por los distintos Asesores en Inversiones a la Unidad de Inteligencia Financiera, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Este instrumento se emite como resultado de las reuniones de trabajo sostenidas entre los Asesores en Inversiones y las autoridades competentes antes mencionadas. Asimismo, con este documento se busca incorporar las pautas que en materia de efectividad se encuentran establecidas en las recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI, por su acrónimo en francés).
Es importante mencionar que el contenido de este documento en ningún caso sustituye el envío de los reportes de 24 horas de acuerdo con los escenarios establecidos en la Guía para la elaboración, presentación y envío de Reportes de Operaciones Inusuales, Clasificados como “Reportes de 24 horas”.
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- II.
GLOSARIO DE TÉRMINOS 1
Alerta
Para efectos del presente documento, alerta es el elemento que sirve a los Asesores en Inversiones (en adelante Sujetos Obligados [SO]) para iniciar el análisis de una posible inusualidad; ésta puede ser generada por el sistema automatizado, por un empleado del Asesor en Inversiones u otro medio.
AEI Asesores en Inversiones
AMAI Asociación Mexicana de Asesores en Inversiones
CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
DCG Disposiciones de Carácter General a que se refiere el
artículo 226 Bis de la Ley del Mercado de Valores, aplicables a los Asesores en Inversiones.
DDC Debida Diligencia del Cliente
DO Descripción de la Operación (campo 35 del Layout).
DOF Diario Oficial de la Federación.
FGR Fiscalía General de la República.
GAFI Grupo de Acción Financiera.
Layout Formato oficial para la remisión de los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes, contemplado en las Disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado y expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
LD/FT
Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (tipificados en México como los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Terrorismo y Terrorismo Internacional incluido su financiamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 400 Bis y 139 Quáter del Código Penal Federal, respectivamente).
Lista Negra Lista que emiten las autoridades nacionales, así como organismos internacionales o autoridades de otros países que dan a conocer a las personas que están vinculadas a organizaciones delictivas o actividades ilícitas (distinta a LPB y OFAC).
1 Para efecto de las presentes Mejores Prácticas y un mejor entendimiento del glosario, se complementarán las definiciones con lo referido en el
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