Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 343
- Versión consultada
- 04 de diciembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 04 de diciembre de 2025
- Página de origen
- 480
Calculando la diferencia léxica…
Incluye artículo, norma, versión y fuente.
(43) Artículo 343.- Las Sucursales Tipo D deberán contar con las siguientes medidas concretas de seguridad y protección:
- (43)I.
Las establecidas en el Artículo 341 anterior, para las Sucursales Tipo B, con excepción de las fracciones I y IV.
- (43)II.
La establecida en la fracción II del Artículo 342 anterior, para las sucursales Tipo C.
- (43)III.
Puertas con mecanismos de esclusamiento que mantengan confinadas y físicamente separadas el Patio de la Sucursal respecto del área de ventanillas.
- (43)IV.
Respaldo de energía eléctrica para el sistema de grabación de imágenes.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 02 de diciembre de 2005
- Última actualización
- 04 de diciembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 04 de diciembre de 2025
- Texto indexado
- 657 de 674 páginas